MITECO y MINCOTUR han publicado los criterios para la primera selección de los proyectos de hidrógeno renovable. Participarán en el mecanismo “Proyectos Importantes de Interés Común Europeo” (PIICE). Este mecanismo está destinado a apoyar la cadena de valor del hidrógeno renovable.


Según explican desde los ministerios, los PIICE son instrumentos para impulsar el desarrollo de cadenas de valor estratégicas industriales para la Unión Europea. Y dentro de un marco de colaboración entre los Estados miembros.

La participación de las empresas en el PIICE es voluntaria, siendo los promotores de los proyectos los responsables de la decisión última de intervención.

Si ya hubieran manifestado su interés en MITECO y en la convocatoria de interés nacional de MINCOTUR, no se necesitará ninguna actualización.

Información disponible de MITECO y MINCOTUR

La Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) han aprobado una resolución conjunta. La misma determina los criterios para la primera selección de proyectos de hidrógeno renovable.

Formarán parte del proyecto europeo destinado a apoyar la cadena de valor del hidrógeno renovable bajo el mecanismo ‘Proyectos Importantes de Interés Común Europeo‘ (PIICE). Participarán conjuntamente empresas nacionales y europeas.

Los criterios servirán de base para la preselección de los proyectos nacionales que tratarán de incluirse dentro de esta iniciativa. Para identificar estos proyectos, y con objeto de reducir las cargas administrativas para las empresas, se parte de la información recopilada por MITECO. La manifestación de interés sobre hidrógeno renovable que lanzó el ministerio finalizó el 19 de diciembre de 2020.

Asimismo, la identificación se basa en la convocatoria de interés nacional impulsada por el MINCOTUR, que finalizó el 15 de junio de 2020.

En consecuencia, las empresas que ya han presentado sus proyectos a estas convocatorias no deben remitir nueva información. Podrán hacerlo en el caso de que deseen modificar y/o actualizar su contenido.

No obstante, a esta convocatoria también se pueden presentar los promotores que deseen participar en el mecanismo y no hayan enviado sus proyectos con anterioridad.

La documentación y confirmación para participar, que tendrá carácter confidencial, podrá remitirse al buzón bzn-h2renovable@miteco.es. Toda la información sobre la convocatoria se encuentra disponible en este enlace.

Criterios de selección de proyectos de hidrógeno renovable

Con respecto a la primera selección de proyectos de hidrógeno renovable, según los ministerios, los proyectos:

“Deberán contribuir a cumplir los criterios de la Comunicación de la Comisión Europea (2014/C 188/02) relativos al análisis de la compatibilidad con el mercado interior de las ayudas”.

Con ello se quiere fomentar la realización de proyectos importantes de interés común europeo. Y, además, deben:

“Ser compatibles con la con la ‘Estrategia Europea del Hidrógeno’ y con la ‘Hoja de Ruta del Hidrógeno: Una apuesta por el hidrógeno renovable’”.

En esa línea, los proyectos deberán:

  • Tener un importante carácter innovador;
  • Posibilitar el desarrollo de productos o servicios nuevos con elevado contenido de investigación;
  • Permitir que en ellos participe –a ser posible- más de un Estado miembro;
  • Que sus beneficios no se circunscriban en exclusiva a sus territorios ni se limiten a las empresas o al sector directamente interesado;
  • Asimismo, que tengan efectos positivos sobre otros niveles de la cadena de valor del hidrógeno renovable;
  • Finalmente, que el promotor del proyecto seleccionado participe en su cofinanciación.

Los proyectos con mayor nivel de madurez tendrán carácter prioritario. Sin embargo, aquellos con un desarrollo menor también contarán, a priori, con la posibilidad de participar en futuras “oleadas” de este instrumento convocadas por la Comisión Europea.

En cualquier caso, añaden desde los ministerios, esta resolución no implica la obtención de ayudas. Por tanto, las empresas promotoras deben garantizar la capacidad de asumir la inversión necesaria para el desarrollo del proyecto.

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