La CNMC ha aprobado una resolución, tras el dictamen de la Comisión Europea, sobre la participación de Enagás en un proyecto de hidrógeno verde. Se trata de una planta de generación en Mallorca. En esta resolución definitiva, la CNMC mantiene la certificación de Enagás Transporte como gestor de la red de transporte sujeta al cumplimiento de ciertas condiciones.


El Proyecto Power to Green Hydrogen Mallorca contempla el desarrollo de una planta de generación de hidrógeno verde a partir de energía renovable fotovoltaica.

El hidrógeno verde tendrá múltiples aplicaciones en la isla de Mallorca. Entre ellas: la generación de calor y energía para edificios comerciales y públicos; asimismo, la creación de una estación de abastecimiento y suministro de combustible. Está destinado a flotas de autobuses, vehículos de transporte de mercancías y vehículos de alquiler de pila de combustible. Pero también para la inyección a la red.

La sociedad Power To Green Hydrogen Mallorca desarrolla el proyecto de la planta. Su objeto social incluye actividades de generación y suministro. La sociedad promotora está participada por la sociedad Enagás Renovable, S.L.U. con un 44% de las participaciones sociales de la compañía.

Resolución de la participación de Enagás

Enagás es accionista único de Enagás Transporte (certificado como gestor de red de transporte). Además, es partícipe de Power to Green Hydrogen Mallorca a través de su filial Enagás Renovables.

La CNMC ha analizado si se cumplen los requisitos de separación de actividades exigidos en el artículo 63.3 de la Ley de Hidrocarburos. El análisis establece que Enagás Transporte puede mantener la certificación como gestor de la red de transporte bajo el modelo de separación patrimonial.

Además, se han estudiado los posibles conflictos de intereses que podrían derivarse de la participación de Enagás en el citado proyecto. Asimismo, se ha tenido en cuenta la entrada del fondo Clean H2 Infra Fund, S.L.P. en el capital social de Enagás Renovable. Ha sido en julio de 2022 y la participación es del 30%.

En su resolución provisional, del 14 de julio de 2022, la CNMC puso de manifiesto ciertos aspectos relativos a las exigencias de separación de actividades. Concretamente, en relación con el ejercicio de derechos de voto y el nombramiento de miembros en los órganos de administración. Por ello, Enagás propuso a la CNMC ciertas medidas para su subsanación.

Dictamen de la Comisión Europea

Tras el análisis de la certificación provisional, en septiembre de 2022, la Comisión emitió su dictamen, coincidiendo con el criterio expresado por la CNMC.

Certificación definitiva de la participación de Enagás

La CNMC ha verificado el cumplimiento de las exigencias señaladas en la resolución provisional. La verificación contemplaba: los compromisos concretos manifestados por el operador para garantizar su independencia y la de sus filiales respecto del ejercicio de derechos de voto en la Junta de Power to Green Hydrogen Mallorca; así como respecto del nombramiento, designación o propuesta de consejeros de la citada sociedad; y los relacionados con remisión de información acreditativa.

En consecuencia, la CNMC ha acordado mantener la certificación de Enagás Transporte como gestor de la red de transporte, sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones. Según informa la propia CNMC:

«La CNMC mantiene la exigencia de independencia de Enagás respecto de las futuras designaciones del representante/s de Enagás Renovable a efectos de la adopción de las decisiones que le correspondan como accionista de Power to Green Hydrogen Mallorca y de nuevos nombramientos de miembros del consejo de administración de esta sociedad y la remisión de información sobre las Juntas Generales de la sociedad Power to Green Hydrogen Mallorca, información sobre los pactos que suscriba directamente, o a través de sus filiales, con otros accionistas de Power to Green Hydrogen Mallorca o con otros accionistas de Enagás Renovable, e información sobre modificación de pactos actualmente en vigor».

Finalmente, la certificación se somete a la condición de remisión de información por parte de Enagás sobre: su participación, o la de cualquiera de sus filiales, en actividades de producción y/o suministro.

La CNMC señala que analizará, atendiendo los criterios expuestos en la presente resolución: otras posibles inversiones de Enagás en proyectos de producción y suministro de hidrógeno y biometano. Lo hará siempre que implique la revisión de las condiciones de su certificación como gestor de red de transporte con separación de propiedad.

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