La Comisión Europea va a destinar 1.000 M€ al despliegue de infraestructuras de carga y repostaje de combustibles alternativos. Ha abierto una convocatoria de proyectos en el marco del Mecanismo Europeo de Interconexión (MEI). Las infraestructuras estarán tanto en carreteras, como en puertos y aeropuertos de la red transeuropea de transporte.


Los proyectos que podrán acceder a la convocatoria para la red de carreteras serán para infraestructuras de recarga eléctrica de alta potencia y de hidrógeno. Asimismo, las infraestructuras de recarga para vehículos pesados.

Para los aeropuertos, los proyectos serán para suministro de electricidad e hidrógeno.

Para los puertos, por primera vez, para infraestructuras de repostaje de amoníaco y metanol.

La comisaria europea de Transportes, Adina Valean, ha explicado que la nueva convocatoria puede:

“Colmar una laguna importante en la inversión masiva necesaria para construir una infraestructura de vehículos eléctricos sostenible y accesible”.

En consecuencia, ha animado a todos los Estados miembros para que aprovechen la convocatoria. Especialmente, a los del Este y Sur de Europa.

Una nueva fase

La segunda fase del mecanismo de infraestructura para combustibles alternativos apoyará el despliegue de infraestructuras de recarga accesible y de repostaje de hidrógeno en las principales rutas y nudos de la red de transporte de la UE.

Las propuestas deberán presentarse antes de estas tres fechas límite:

  • 24 de septiembre de 2024;
  • 11 de junio de 2025;
  • 17 de diciembre de 2025.

Reglamento de Infraestructuras

En julio del 2023, el Consejo adoptó el nuevo Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos. El objetivo es aumentar, durante los próximos años, las estaciones de recarga y repostaje de combustibles alternativos en toda Europa. El fin último, favorecer la descarbonización del sector del transporte.

Lo que dispone el Reglamento

El texto del Reglamento establece objetivos específicos de implantación que deberán cumplirse en 2025 o 2030. En particular, y según el texto del propio Consejo:

  • “A partir de 2025, deben instalarse estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW para turismos y furgonetas cada 60 km en los principales corredores de transporte de la UE, la denominada «red transeuropea de transporte (RTE-T)»;
  • Las estaciones de recarga para vehículos pesados con una potencia disponible mínima de 350 kW deben implantarse cada 60 km en la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T más amplia a partir de 2025, y la red tendrá que tener una cobertura completa para 2030;
  • Las estaciones de repostaje de hidrógeno que presten servicio tanto a automóviles como a furgonetas deben implantarse a partir de 2030 en todos los nodos urbanos y cada 200 km en la red básica de la RTE-T.
  • Los puertos marítimos que acojan un número mínimo de grandes buques de pasaje o buques portacontenedores deberán suministrar electricidad en puerto a dichos buques de aquí a 2030;
  • Los aeropuertos deben suministrar electricidad a las aeronaves estacionadas de aquí a 2025 en todas las puertas, y de aquí a 2030 en todos los puestos de estacionamiento remotos;
  • En cuanto a los usuarios de vehículos eléctricos o de hidrógeno deben poder pagar fácilmente en los puntos de recarga o repostaje con tarjetas de pago o dispositivos sin contacto sin necesidad de suscripción, y los precios deben ser totalmente transparentes;
  • Y los operadores de los puntos de recarga o repostaje deben proporcionar a los consumidores información completa a través de medios electrónicos sobre la disponibilidad, el tiempo de espera o el precio en diferentes estaciones”.

FUENTE: Consejo Europeo. Europa Press.

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