El Consejo de Ministros, a instancias del MITECO, ha aprobado un Real Decreto que crea el sistema de garantías de origen para los gases renovables. Entre ellos, el hidrógeno renovable, el biogás o el biometano. Un Real Decreto que, además, creará un Censo de Instalaciones de Producción de gas procedente de fuentes renovables y un Comité de Productores.


El RD permitirá identificar y certificar los gases de origen renovable mediante un sistema similar al que se aplica a la electricidad renovable. Así, tanto comercializadores como consumidores podrán diferenciarlos de los de origen fósil.

Además, la norma incorpora al ordenamiento jurídico interno los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones de la normativa comunitaria para: la biomasa sólida y el biogás, los biocarburantes y los biolíquidos para transporte, usos eléctricos, calefacción y refrigeración; así como los objetivos de penetración de los biocarburantes a partir del año 2023, que deberán alcanzar el 12% del consumo en 2026.

El RD traspone parcialmente la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables en: criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de la bioenergía; asimismo, en lo relativo a las garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.

Nuevas garantías de origen

Gracias a las nuevas garantías de origen, cada MWh de gas renovable conllevará la emisión de la correspondiente garantía de origen. El documento tendrá información sobre dónde, cuándo y cómo se produjo el gas.

Por tanto, las garantías de origen darán un valor añadido a su comercialización. Eso, señala MITECO, fomentará su consumo, con el consiguiente beneficio ambiental.

Censo de Instalaciones y Comité de Productores

Además, el RD contempla la creación de un Censo de Instalaciones de Producción de gas procedente de fuentes renovables y un Comité de Productores. Los productores y comercializadores podrán intercambiar las garantías de origen dentro del sistema. Se documentará la producción, transferencia y cancelación de las garantías de origen.

Además, certificarán el volumen de gas y su calidad, puesto que se diferenciará entre hidrógeno obtenido con energía renovable, biometano, biogás u otros gases. Y abarcará cualquier gas renovable producido y consumido, ya sea in situ, autoconsumido, e inyectado o no a la red de gasoductos.

La creación de este sistema ya estaba prevista en: el PNIEC, la Hoja de Ruta del Hidrógeno, la Hoja de Ruta del Biogás y el Plan de Recuperación.

Sostenibilidad

La norma revisa y amplía los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero anteriormente aplicables a biocarburantes y biolíquidos. Además, amplía su ámbito a la biomasa sólida y al biogás utilizado para usos eléctricos y de calefacción y refrigeración.

La energía procedente de combustibles que incumplan los requisitos no podrá computarse para los objetivos de renovables ni recibir ayuda financiera.

Para que los agentes puedan certificar la sostenibilidad de la biomasa recogida en España, la norma se remite: a la regulación vigente, tanto estatal como autonómica; así como a los permisos y autorizaciones establecidos, al objeto de evitar cargas innecesarias.

Biocarburantes

Igualmente, el Real Decreto establece los objetivos para la penetración de los biocarburantes y biogás con fines de transporte a partir de 2023. Para 2023, se fija en el 10,5% en contenido energético y establece una senda creciente, acorde con el PNIEC, hasta alcanzar el 12% en 2026.

También introduce las contribuciones de los biocarburantes avanzados y del biogás en el transporte. Serán, como mínimo, del 0,3% en 2023, del 1% en 2025 y del 3,5% en 2030.

También te puede interesar: